Los comités madrileños en 1936Un análisis microhistórico de la represión

  1. Jiménez Herrera, Fernando
Dirigida per:
  1. José María Faraldo Jarillo Director/a

Universitat de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 03 de de juliol de 2017

Tribunal:
  1. Jesús Antonio Martínez Martín President/a
  2. José Luis Ledesma Secretari/ària
  3. Javier Cervera Gil Vocal
  4. Susana Sueiro Seoane Vocal
  5. Matilde Eiroa San Francisco Vocal

Tipus: Tesi

Resum

Los comités revolucionarios fueron espacios que surgieron de forma espontánea ante la noticia del golpe de estado del 17 de julio de 1936 y que asumieron de forma autónoma una serie de atribuciones que antes monopolizaba el Estado. La sublevación produjo que el Gobierno perdiera poder efectivo en las calles. Esta situación de debilitamiento y pérdida del monopolio de sus funciones fue aprovechada por los grupos políticos y sindicales, principalmente obreros, para constituir sus propias formas de organización alternativas al Estado. Esperaban así poder conseguir la ansiada revolución social. Estas formas de organización fueron los comités, que se gestaron dentro de las sedes locales de partidos y sindicatos de izquierdas en los días sucesivos al golpe de estado. Los comités se auto-asignaron todas aquellas funciones que consideraron necesarias para fortalecerse frente al Estado. Pretendían ganarse así a aquellos sectores sociales que ellos consideraban vitales para su proyecto: obreros y campesinos sobre todo. En aras de obtener un mayor apoyo, los comités ¿compitieron¿ entre ellos por ver quien cumplía mejor sus nuevas funciones y así convertirse en el único representante legitimado de la voluntad popular. Las funciones que tuvieron una mayor incidencia durante el verano-otoño de 1936 fueron las relacionadas con el orden público y la justicia. A pesar de las afirmaciones que los aparatos de la propaganda franquista difundieron, el ejercicio de esta violencia no fue arbitrario ni incontrolado, sino que respondió a una serie de criterios y formas propias de la justicia revolucionaria llevadas a cabo por los miembros de los comités. Al igual que tampoco fue un fenómeno puesto en práctica por todas aquellas personas que trabajaron al servicio del comité. Por ejemplo, las milicias del comité tenían una función de vigilancia y no de represión. Esto no quiere decir que no participasen en registros, detenciones o ejecuciones, a veces requeridos por las brigadas, que eran las responsables de la coerción. O también por iniciativa propia, ante acontecimientos concretos como la actuación de un ¿paco,¿ (francotiradores). Otras veces podían detener gente en sus puestos ante la falta de documentación o ser considerados sospechosos. La violencia fue un fenómeno limitado en el tiempo y ejercido y dirigido por unas pocas personas hacia sectores de la población concretos. Otro aspecto difundido por la propaganda franquista fue el empleo del término ¿checa¿ para designar a estos centros y su funcionamiento. Un término cargado de contenido peyorativo que persiguió la equiparación de los acontecimientos que se estaban sucediendo en la retaguardia republicana durante la guerra civil española con la Rusia soviética y su policía política, la ¿Cheka¿. De esta forma, los sublevados persiguieron desprestigiar a la Segunda República ligándola a un Estado comunista. También, el empleo de este término sirvió para legitimar el golpe y evitar en lo posible que las potencias europeas ayudasen al Gobierno legítimo en su lucha contra la sublevación.