El contrato de interconexión aspectos jurídicos, privados

  1. ALFONSO VELÁZQUEZ OLGA LUCIA
Dirigée par:
  1. Manuel Cuadrado Iglesias Directeur/trice

Université de défendre: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 06 juillet 2005

Jury:
  1. Manuel García Amigo President
  2. Mariano Yzquierdo Tolsada Secrétaire
  3. Juan Roca Guillamón Rapporteur
  4. Mariano Alonso Pérez Rapporteur
  5. Ignacio Serrano García Rapporteur

Type: Thèses

Teseo: 124770 DIALNET

Résumé

La interconexión es la unión física y funcional de dos o más redes. Para la implantación y consolidación de la competencia en el sector de las telecomunicaciones, se le ha dado el carácter de obligación legar, la cual comprende dos conductas: negociar la interconexión y facilitarla. La primera es un deber jurídico, no se trata de una obligación , pues no hay una prestación. La segunda es una obligación que surge de la ley cuyas condiciones se plasman en un contrato de interconexión o en un acto heterónomo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones. El contrato de itrerconexión es un acuerdo de voluntades en virtud del cual los operadores de redes públicas de comunicaciones electrónicas permiten el enlace de sus redes, fijando sus derechos y obligaciones y las reglas de carácter legal, técnico y económico que regirán la relación de interconexión. Es un contrato consensual , bilateral , de tracto sucesivo, sinalagmático, oneroso y conmutativo, no es un contrato forzoso y es atípico. Se trata de un nuevo tipo contractual , con tipicidad social , y que es menester que obtenga reconocimiento legar y se le establezca una regulación propia. El contrato de interconexión está regido por los principios de autonomía de la voluntad , transparencia, no discriminación , objetividad y proporcionalidad. El primero encuentra varios límites que obedecen a motivos de orden público económico, tales como la interoperabilidad de los servicios , el derecho de la competencia y el beneficio de los usuarios. El contrato de interconexión puede surgir por la negociación iniciada a solicitud de cualquier operador , o por la aceptación de una Oferta de Interconexión de Referencia del operador con peso significativo en el mercado. La Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones tiene facultades para intervenir en todas las etapas de la relación de interconexión , desde la negociación hasta la terminación, todo