Culpa exclusiva de la víctima en los accidentes de circulación

  1. Dios de Dios, Miguel Ángel de
Dirigida por:
  1. Eugenio Llamas Pombo Director

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 05 de mayo de 2012

Tribunal:
  1. Eva María Martínez Gallego Presidente/a
  2. José María León González Secretario
  3. Laura Gázquez Serrano Vocal
  4. María Medina Alcoz Vocal
  5. María Belén Sáinz-Cantero Caparrós Vocal
Departamento:
  1. DERECHO PRIVADO

Tipo: Tesis

Resumen

El progresivo aumento del tráfico y la utilización masiva del automóvil están dando lugar a que se produzcan, cada vez con más frecuencia, accidentes de circulación. Estos cambios, que sin duda han creado continuas mejoras para la sociedad actual, han venido a incrementar la problemática que ello supone para Derecho de daños, particularmente en el régimen de la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos a motor. En esta tesis, el autor analiza los aspectos materiales de la responsabilidad civil en lo atinente a la culpa exclusiva de la víctima. En relación a estas cuestiones es importante conocer el régimen especial de responsabilidad de los daños derivados del accidente de circulación «RD 8/2004 Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor» y las causas de exoneración de la responsabilidad objetiva «artículo 1 de la ley». El objetivo principal es alcanzar una respuesta positiva a la situación problemática. El presente trabajo doctrinal contiene algunas reflexiones en conexión con las siguientes cuestiones: ¿Cuál es el significado de accidente de tráfico? «A pesar de la aparente claridad terminológica que atesora el concepto ¿accidente¿, éste, o por mejor decir, la fijación de lo que es accidente y desde cuándo existe el mismo, es una de las cuestiones más controvertidas« ¿Cuál es la legislación especial que afecta al accidente o hecho de la circulación? ¿Cuál es el significado de la conducta diligente? ¿Cuál es el significado de la inversión de la carga de la prueba? «En relación a la problemática surgida entre conductor y víctima». Todo ello, desde dos perspectivas: por un lado, a través del análisis crítico de la normativa existente en estos momentos en materia de responsabilidad derivada de daños causados por el accidente de circulación, y por otro, para fijar una posición doctrinal inequívoca. Desde una posición globalizada los Principios Europeos de la Responsabilidad Civil han intentado dar respuesta a algunas de estas cuestiones en el ámbito de la responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos a motor: Así en el artículo 5:101 establece: «La persona que lleva a cabo una actividad anormalmente peligrosa responde objetivamente por el daño característico del riesgo que tal actividad comporta y que resulta de ella». Por otra parte, se exponen las normas y las doctrinas jurisprudenciales aplicables a estos supuestos y, en particular, los supuestos de responsabilidad objetiva y las causas de exoneración y la forma de resarcimiento. En este sentido, no es descabellado argüir que la indemnización de los daños debe ir encaminada a lograr la integra compensación de los mismos, para proporcionar al perjudicado de un accidente de circulación la plena indemnidad por el acto dañoso, esto es la que en derecho romano se llamaba "restitutio in integrum"