Concurso de delitosAnálisis comparado entre España y México

  1. Galván González, Francisco
Dirigida por:
  1. Ignacio Berdugo Gómez de la Torre Director

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 19 de julio de 2011

Tribunal:
  1. José Ramón Serrano-Piedecasas Fernández Presidente/a
  2. Eduardo Ángel Fabián Caparrós Secretario
  3. María Rosario Diego Díaz-Santos Vocal
  4. Carmen Salinero Alonso Vocal
Departamento:
  1. DERECHO PÚBLICO GENERAL

Tipo: Tesis

Resumen

Se realiza un análisis comparado del concurso de delitos (ideal, real y medial) entre España y México, principalmente, incorporándose además, lo que al respecto existe en países de América Latina, y algunos de Europa. El análisis comparado del concurso de delitos entre España y México se hace tomando en cuenta la legislación, la jurisprudencia y la doctrina jurídico penal, con la finalidad de tener un panorama general de lo que existe, buscando con ello mostrar las similitudes y las diferencias, pues, aun y cuando el estudio es en relación solo con la figura del concurso de delitos, al ser ésta una creación del legislador y ser parte del derecho positivo, esto la hace distinta en cada país. En el contenido de los ocho capítulos que integran el trabajo se desarrollan: (1) una descripción de la distribución de competencias (legislativa y jurisdiccional) y el desarrollo de un proceso en México para su comparación con España; (2) una explicación para diferenciar al concurso de delitos de la unidad y pluralidad de delitos; (3) un recuento histórico del desarrollo del concurso de delitos; (4) una descripción de cómo ha sido regulado el concurso de delitos en ambos países; (5) una revisión relacionada con el concepto, denominación, clasificación, ubicación sistemática y unidad de acción en el concurso de delitos; (6) un estudio de los temas puntuales y de la problemática que se presentan en los concursos real, ideal y medial. Al relacionarse este análisis comparativo entre España y México con la legislación y la doctrina jurídico penal de otros países, se constata la diversidad de opiniones que existen, lo cual determina que sea un tema de interés permanente.