Evolución y perspectivas del derecho ambiental venezolano a la luz de la normativa españolaconsideraciones sobre el derecho de la persona a un medio ambiente adecuado

  1. Mejías, Carlix de Jesús
Dirigida por:
  1. Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno Director
  2. Zulima Sánchez Sánchez Directora

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 17 de abril de 2009

Tribunal:
  1. Ricardo Rivero Ortega Presidente
  2. María Ángeles González Bustos Secretaria
  3. Guillermo Ruiz Arnáiz Vocal
  4. Manuel Izquierdo Carrasco Vocal
  5. José María Franco García Vocal
Departamento:
  1. DERECHO ADMINISTRATIVO, FINANCIERO Y PROCESAL

Tipo: Tesis

Resumen

El objetivo general de este trabajo es describir el desarrollo evolutivo del Derecho Ambiental venezolano, teniendo como hilo conductor el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, cuya referencia paradigmática es la normativa ambiental española (artículo 45. 1 CE). En este sentido, se revisa el régimen jurídico ambiental, tanto de España como de Venezuela y, al mismo tiempo, se caracteriza el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado en ambos ordenamientos jurídicos. Estos objetivos específicos indican los estadios que deben cubrirse para alcanzar el objetivo general. La referencia temporal para fijar la emergencia del Derecho Ambiental en España, es el reconocimiento constitucional del derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado (artículo 45.1 CE). Mientras tanto, la referencia temporal para fijar la emergencia de dicha disciplina jurídica en Venezuela, es el progresivo reconocimiento del derecho al medio ambiente adecuado: en la jurisprudencia (1988), en la legislación (1998), y en la Constitución de la República bolivariana de Venezuela (1999). El Derecho Ambiental aunque sea una disciplina renovadora, no puede prescindir de las categorías conceptuales fundamentales de la cultura jurídica clásica. En Venezuela no hay una floreciente doctrina como en España; sin embargo, el ordenamiento jurídico contiene normas informando que el fundamento del Derecho Ambiental es el derecho subjetivo al medio ambiente adecuado. Esta perspectiva metodológica clásica permite afirmar que el Derecho Ambiental, tanto en España (artículo 45.1 CE) como en Venezuela (artículo 127 CRBV), es una pirámide cuya cúspide está representada por el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado, el fruto más trascendente de dicha disciplina jurídica en ambos ordenamientos jurídicos.