Aspectos éticos y legales de la asistencia sanitaria en los conflictos armados. Los derechos de los pacientes y los profesionales de la salud

  1. Sánchez Esteban, Julián
Dirigida por:
  1. Juan Salvat Puig Director
  2. Secundino Vicente González Director

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 28 de enero de 2016

Tribunal:
  1. Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno Presidente
  2. Daniel Queipo Burón Secretario/a
  3. Susana Jiménez Moreno Vocal
Departamento:
  1. CIENCIAS BIOMÉDICAS Y DEL DIAGNÓSTICO

Tipo: Tesis

Resumen

El trabajo se divide en dos partes. En primer lugar se ha realizado una exposición de la ética y deontología de la asistencia sanitaria en los conflictos armados, con una especial atención al contenido de los Convenios de Ginebra y las actuales organizaciones sanitarias militares españolas. Los Convenios forman parte del Derecho Internacional Humanitario y establecen unas reglas de comportamiento con los heridos y enfermos, tanto en lo relativo a su asistencia sanitaria, como a su cuidado. También se refieren a los prisioneros y a los civiles que se ven envueltos en las hostilidades, pero el estudio no les abarca. Igualmente, los Convenios fijan una protección especial para el personal sanitario y ello también es objeto de la investigación. La segunda parte es un estudio de campo con el que se ha pretendido determinar si los Convenios de Ginebra son suficientemente conocidos por los militares y si se aplican de acuerdo con su espíritu y finalidad. Para ello se ha utilizado el sistema de la encuesta personal a los propios interesados, a través de un cuestionario en dos modelos, uno específico para los militares sanitarios y otro para el resto. El análisis estadístico de los resultados de las encuestas, permite establecer que los Convenios de Ginebra siguen siendo el mejor instrumento jurídico para garantizar el respeto a quienes ya no son combatientes o a los que nunca han participado en las hostilidades y que su contenido conforma un auténtico Estatuto de pacientes y profesionales de la salud. Por otra parte se ha apreciado que la formación que se imparte a los militares sanitarios y no sanitarios sobre los Convenios de Ginebra es limitada pero suficiente; que el grado de conocimiento que de los mismos tienen los encuestados puede considerarse normal, no existiendo diferencias significativas por sexos, grado, edad o años de servicio. Igualmente, que los Oficiales y Suboficiales tienen similares conocimientos, que son superiores a los de la Tropa. En cuanto a la experiencia, la mayoría afirma que la atención sanitaria que reciben los prisioneros y detenidos es correcta y adecuada, que no existen presiones para que los heridos y enfermos reciban asistencia médica por criterios distintos de la propia urgencia médica y que la asistencia hospitalaria militar tampoco distingue entre militares, civiles o jerarquías. Por último y en todo caso, se ha llegado a la conclusión de que la formación continua debe reforzar el conocimiento por las Tropas de los Convenios de Ginebra, para que los militares no sanitarios y sanitarios sean conscientes de sus derechos, a fin de que los primeros tomen conciencia de que una vez heridos ya no son combatientes y deben ser protegidos, y los otros de que gozan de un plus de protección precisamente para garantizar que la ética y deontología profesionales sean de aplicación incluso en situaciones tan extremas como los conflictos armados