La coordinación de las administraciones públicas en la gestión de los tributosuna propuesta

  1. CHAMORRO ZARZA, JOSE ANTONIO
Dirigida por:
  1. Eusebio González García Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 24 de julio de 2000

Tribunal:
  1. José Luis Pérez de Ayala Presidente/a
  2. José María Lago Montero Secretario
  3. Gabriel Casado Ollero Vocal
  4. Salvador del Castillo Alvarez-Cedrón Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 77096 DIALNET

Resumen

La existencia en nuestro país de tres niveles de Entidades territoriales dotadas de Administraciones con competencias en la gestión de los tributos, ha provocado una serie de disfunciones fruto de la falta de coordinación. El objetivo principal de esta Tesis es la propuesta de una Administración Integrada de los Tributos como solución a la falta de coordinación en un campo especialmente sensible para los ciudadanos. En orden a tal fin, se parte del establecimiento de los perfiles generales de la autonomía tributaria de las Comunidades Autónomas y de las Entidades locales para Comunidades Autónomas y de las Entidades locales para delimitar, seguidamente, las competencias de gestión tributaria de cada una de las Administraciones Públicas fijando la atención, en este punto, en la distribución operada por las Leyes de Cesión de Tributos estatales a las Comunidades Autónomas y en los órganos de gestión: Agencia Estatal de Administración Tributaria y Agencia Regional de Recaudación de la Región de Murcia. A continuación se establecen unas notas caracterizadoras de la coordinación y se analizan tanto el tratamiento legal de ésta en el ámbito financiero como los mecanismos orgánicos que ha previsto este sector del ordenamiento jurídico para articular la coordinación de la gestión de los tributos. Determinada la eficacia de los mecanismos orgánicos de cordinación en este campo, se propone una Administración Integrada de los Tributos como solución a los problemas generados por la descoordinación. Los perfiles de la Administración Integrada propuesta se preceden del órgano legitimado para su creación y de aquellas ventajas que habrían de dimanar de su establecimiento.