Familias y seguridad social. La tutela pública de las relaciones de parentesco

  1. MORGADO PANADERO, PURIFICACION
Dirigida por:
  1. Manuel Carlos Palomeque López Director

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 13 de diciembre de 2006

Tribunal:
  1. Luis Enrique de la Villa Gil Presidente/a
  2. Rafael Ramón Sastre Ibarreche Secretario
  3. Enrique Cabero Morán Vocal
  4. Manuel Álvarez de la Rosa Vocal
  5. Santiago González Ortega Vocal
Departamento:
  1. DERECHO DEL TRABAJO Y TRABAJO SOCIAL

Tipo: Tesis

Teseo: 292518 DIALNET

Resumen

Este trabajo estudia la tutela pública que desde el Sistema de Seguridad Social se articula en favor de las familias. El origen de esta protección hay que buscarlo en la Constitución Española, analizando para ello los distintos preceptos constitucionales que se refieren a este grupo y a los miembros del mismo, así como las obligaciones que de ese reconocimiento se derivan para las instituciones públicas, concretamente para los principales mecanismos de protección social, esto es, la Seguridad Social y la Asistencia Social. Además, el hecho de que las familias sea el grupo social por excelencia, ha hecho necesario que se analicen los distintos cambios sociales y demográficos que se han producido en nuestro país, y que han tenido especial repercusión en la institución objeto de estudio. Asimismo, también se han tenido en cuenta la respuesta de los poderes públicos a dichas "alteraciones", a través de lo que se han denominado las políticas familiares, incidiendo en realidades recientemente reguladas jurídicamente como ha sido la dependencia. Centrándonos ya en el tema principal de la tesis, se ha querido dar una visión exhaustiva de la relación entre familias y Seguridad Social. Para ello, y analizando la acción protectora del sistema público, se han puesto de relieve las características que son exigidas a los parientes para ser titulares de las distintas prestaciones. Dicho estudio ha puesto de manifiesto la falta de adaptación de la tutela pública a la realidad social vigente, que desconoce los actuales modelos de familias, siendo necesaria una reforma de dichos conceptos e instituciones, que permitan la tutela de los parientes que realmente estén en situación de necesidad cuando se produzca el hecho causante. De esta forma, la tutela universal que preconiza el art. 41 CE tendrá también su tradición legislativa en el ámbito de las prestaciones familiares.