La arominización tributaria en materia de impuestos indirectos en el orden andino

  1. PLAZAS VEGA MAURICIO ALFREDO
unter der Leitung von:
  1. Eusebio González García Doktorvater/Doktormutter
  2. Manuel González Sánchez Co-Doktorvater/Doktormutter

Universität der Verteidigung: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 06 von Oktober von 2000

Gericht:
  1. Ernesto Lejeune Valcárcel Präsident/in
  2. María Silva Velarde Aramayo Sekretär/in
  3. Gabriel Casado Ollero Vocal
  4. José María Lago Montero Vocal

Art: Dissertation

Teseo: 82866 DIALNET

Zusammenfassung

Se trata de una obra encaminada a formular propuestas y conclusiones sobre las condiciones en que puede ser factible la armonización de las normativas nacionales andinas en materia de impuestos indirectos, y, en particular, en lo que atañe al "Impuesto sobre el valor agregado" (IVA), a los "Impuestos complementarios del IVA", a los "Impuestos selectivos al consumo" y a los "Impuestos a las transacciones financieras". Su punto de vista fundamental radica en la imposibilidad de que proceda la armonización mediante normas de derecho comunitario derivado que regulen la materia de manera "completa"; esto es, sin mediar el concurso de los parlamentos nacionales. Sólo en presencia de un parlamento comunitario, integrado por miembros elegidos por sufragio universal y habilitado por el derecho comunitario originario para expedir normas sobre la materia, sería factible la armonización por esa vía. De otroa manera, se violaría el universal principio "Nullum tributum sine lege". Sobre esa base, la tesis sugiere que la armonización se lleve a cabo mediante normas comunitarias que fijen los lineamientos de la armonización pero que se transpongan o desarrollen con el concurso de los órganos competentes, en el orden interno, para la creación del derecho positivo tributario. Con esa advertencia de principio, la obra prosigue con recomendaciones concretas sobre materias en las cuales la aproximación de las normativas es indispensable y sobre criterios de referencia, para tal fin, en lo que atañe a los elementos personales, espacial, material y temporal de cada uno de los impuestos examinados y a algunas reglas básicas de procedimiento. Para ello acude, en su apoyo, a las normativas nacionales de los países andinos las cuales presenta como anexo en cuadros de derecho positivo comparado.