El principio de reserva de ley en materia tributaria en España y México

  1. TORRUCO SALCEDO, SITLALI
Dirigida por:
  1. Eusebio González García Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 15 de diciembre de 2003

Tribunal:
  1. José Luis Pérez de Ayala Presidente/a
  2. María Ángeles García Frías Secretaria
  3. Clemente Checa González Vocal
  4. Mariano Abad Fernández Vocal
  5. César García Novoa Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 102741 DIALNET

Resumen

La importancia de realizar una investigación sobre el principio de reserva de ley en materia tributaria es la creciente proliferación de disposiciones administrativas encaminadas a regular algunos de los elementos esenciales de las contribuciones y la eminente flexibilización de los principios constitucionales en aras de la rápida creación y regulación de dichos instituto. Ejemplo claro son las recientes sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de Mexico, en las que, por un lado, se declara constitucional la facultad otorgada por el legislador ordinario -art.39 fracción I CFF- al Ejecutivo Federal para conceder mediante disposiciones de carácter general cualquier tipo de beneficios y minoraciones tributarios sin señalarle límite ni directriz alguno; y por el otro, se acepta una nueva categoría de normas jurídicas denominada reglas generales administrativas, que son emitidas por autoridades fiscales, distintas del Presidente de la República -único titular de la potestad reglamentaria-, con base en el art.33 g) CFF y generalmente en la práctica se encargan de disciplinar alguno de los elementos esenciales de las contribuciones, transgrediendo a todas luces la reserva de Ley estipulada en el art. 31 fracción IV de nuestra Carta Magna. Con miras a dar solución a dichos problemas, las principales aportaciones de nuestra tesis doctoral son: 1. Subrayar la importancia del principio de reserva de Ley como coadyuvante en el enlace de otros principios constitucionales,como la seguridad jurídica, la igualdad y la capacidad contributiva; 2. Establecer la principales características y alcances de cada uno de las fuentes del Derecho en relación con la materia tributaria reservada a la Ley; 3. Señalar los límites que debe respetar tanto el legislador ordinario como la Administración al tratar de compaginar la reserva de Ley con otros principios-autonomía-; 4. Indicar la importancia de que todos los elementos es