El contrato de arbitraje internacional como fuente de obligaciones

  1. Betancourt Gutiérrez, Julio César
Dirigida por:
  1. Eugenio Llamas Pombo Director

Universidad de defensa: Universidad de Salamanca

Fecha de defensa: 29 de junio de 2018

Tribunal:
  1. Lorenzo Mateo Bujosa Vadell Presidente
  2. Manuel Alejandro Penadés Fons Secretario/a
  3. María del Pilar Perales Viscasillas Vocal
Departamento:
  1. DERECHO PRIVADO

Tipo: Tesis

Teseo: 564774 DIALNET

Resumen

La mayoría de los contratos comerciales internacionales contienen una cláusula compromisoria, esto es, un contrato colateral mediante el cual una o ambas partes se obligan a ponerle fin a sus conflictos a través de un arbitraje internacional, poco importa si se trata de cuestiones de carácter contractual o extracontractual. De acuerdo con el principio de la relatividad del contrato, cualquiera podría pensar que este tipo de cláusulas no tienen eficacia alguna frente a personas distintas a las partes. No obstante, lo cierto es que ese contrato colateral, aparentemente inocuo, que ha sido suscrito entre dos o más sujetos que desean solucionar sus conflictos con la ayuda de un tribunal arbitral invariablemente tiende a generar un complejo sistema de derechos y obligaciones que tienen por objeto regular no solamente la relación jurídica que surge entre las partes contratantes, sino también la relación jurídica que existe entre: (1) las partes y el tribunal arbitral; (2) las partes y los órganos jurisdiccionales de cientos de Estados que han ratificado la Convención de Nueva York; (3) el tribunal arbitral y esos órganos jurisdiccionales; e incluso (4) los propios órganos jurisdiccionales de los Estados que han ratificado dicha Convención. Esta investigación examina, esencialmente, la vida y la muerte del contrato de arbitraje internacional, especialmente, desde la perspectiva del derecho de contratos, del derecho de obligaciones y de las distintas vicisitudes que normalmente salen a relucir antes, durante y después de la iniciación de un procedimiento arbitral.