Políticas públicas de empleoun estudio desde el derecho comparado

  1. Alarcón Bravo de Rueda, Percy Orestes coord.
  2. Moreno de Vega Lomo, Fernando coord.

Editorial: Granada : Comares, 2013

ISBN: 978-84-9836-716-4

Año de publicación: 2013

Tipo: Libro

Resumen

La aseveración de que el empleo es un bien escaso se ha ido afirmando cada vez más en el tiempo, como una verdad inexorable, después de que la crisis del petróleo de los años 70 nos hiciera reflexionar con más profundidad sobre lo endeble de la estructura del mercado de trabajo, sobre todo en las sociedades menos industrializadas de Europa, que son las que más han sufrido las sucesivas crisis, especialmente esta última de carácter financiero e inmobiliario, que ha provocado la pérdida masiva de puestos de trabajo de todo tipo y sector de actividad (notoriamente en la construcción), e incluso en la propia Administración Pública, aunque en este caso más por el designio del déficit, los recortes y las llamadas reformas estructurales (Irlanda, Grecia, Portugal y España, y en menor medida Italia e Inglaterra). Pero resulta que nos encontramos con una especie de paradoja, ya girando la vista hacia América Latina, dado que muchos de los países de esa región, curados tal vez del espanto de las repetidas crisis que suelen acampar allí, además de soportar las recomendaciones del FMI y demás adláteres institucionales, han optado ?siendo mucho menos industrializados que los de Europa en general? por una política de crecimiento equilibrado y, en cierta escala, dirigida a aliviar el retraso social (Brasil, Venezuela, Ecuador); ayudados sin duda por la subida extraordinaria de los precios de ciertas materias primas, del petróleo y de los productos agrícolas, que se exportan a todas partes del mundo; algo que ha posibilitado, en paralelo, la afluencia de la inversión extranjera y un repunte de la nacional, con la consiguiente mejor explotación de sus recursos y la remodelación de su estructura productiva y de servicios; situación que, en conjunto, está generando empleo, alimentando cada vez más el consumo interno y mejorando en cierta medida la ratio y la distribución de la renta (todo lo contrario, pues, de lo que sucede en los países más afectados de Europa, en los que se alimenta la recesión con medidas de claro tinte conservador). De algún modo, Jacques Delors resumía la situación en su Libro blanco sobre la competitividad, el crecimiento y el empleo, esto es, que si hubiera una cura milagrosa para crear empleo ya la sabríamos y la emplearíamos, pero no hay una varita mágica para ello. Es cierto que no hay una sola receta, e incluso ni muchas que se conjuguen exactamente para crear empleo, aunque está claro que sí ayuda la puesta en marcha de medidas y reglas para agilizar el funcionamiento del mercado, hacerlo más transparente y eficaz con respecto a la información que se intercambia, que permita una toma de decisiones satisfactoria y, al mismo tiempo, que no eluda el respeto por los derechos laborales de los trabajadores y la protección social. Evidentemente se ha avanzado en ello, aunque también seguimos observando que las medidas que dan resultado en algunos países en otros fracasan o no se pueden aplicar de forma completa por su desigual situación, en especial la económico-financiera (en este aspecto se comenta que hasta el carisma puede generar empleo, y esto lo decían por el ex presidente Lula). Todo influye en su correcta disposición en este mundo cambiante y globalizado, donde la competencia y la flexibilidad organizacional campan a sus anchas, pero donde se espera, como la lluvia, que la economía crezca y arrastre todo hacia adelante, como si se tratase de una locomotora. Si tuviéramos que detenernos en algún ejemplo que relacione empleo y políticas de contratación, sería con respecto a la contratación temporal, elevada al rango de estructural en España en una de sus conocidas reformas, en el mismo plano, pues, que el contrato indefinido, aunque se sigue manteniendo la causalidad. Las medidas referidas a este tipo de contratación han sido disímiles, (apertura-control-rigurosidad, otra vez apertura) siguiendo unos lineamientos que se traducen en que es mejor un empleo, aunque sea breve, que estar en el paro. Y sabemos que nuestra tasa de empleo temporal es la más alta de Europa (casi doblamos la tasa media), y ni qué decir que en Alemania no existe tal causalidad en la práctica, puesto que el empresario puede contratar casi libremente a tiempo determinado y, sin embargo, su tasa de temporalidad es mucho menor que la de España, y muy cerca a la media europea. Frente a lo positivo de lo anterior dicho, ahí funciona un tipo de contrato, que sería y es rechazado aquí por la mayoría de los sindicatos, es decir, el mini job (empleo leve), que ha venido a maquillar en bastante medida las tasas de paro a costa de que el salario de esta fórmula contractual sea de cuatrocientos euros mensuales, y sin cotización por parte de las empresas.