Los galeotes de la Monarquía Hispánica durante el Antiguo Régimen

  1. Heras Santos, José Luis de las
Revista:
Studia historica. Historia moderna

ISSN: 0213-2079

Año de publicación: 2000

Número: 22

Páginas: 283-300

Tipo: Artículo

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Resumen

En trabajos anteriores de este mismo autor se abordó el tema de los galeotes para el ámbito de la Corona de Castilla y para el período cronológico de los reinados de los Austrias. En esta ocasión el estudio de esta temática se ha extendido además a la Corona de Aragón y a los reinados de los Borbones del Antiguo Régimen. Como consecuencia de la politerritorialidad existente en la Monarquía Hispánica no hubo en sus dominios un único derecho penal aplicable en todos los reinos hasta la promulgación de los códigos penales de 1822 y 1848. En lo que se refiere a la implantación de la pena de galeras hubo una génesis y una evolución distinta en cada territorio. En Cataluña se comienzan a enrolar forzados en las galeras a comienzos del siglo XV. De tal forma que en 1438 esta pena está plenamente establecida en todos los territorios de la Corona de Aragón. Por lo que se refiere a Castilla, la pena de galeras fue introducida por Fernando el Católico y mas tarde Carlos V, en 1530, la reguló plenamente y perfiló los delitos que se hicieron acreedores de la misma. Felipe II, por su parte, hizo un gran esfuerzo por aumentar el poderío de la flota de galeras. Por ello aumentó la duración de las condenas a galeras y amplió el número de delitos sancionables con ellas, tanto en la Corona de Castilla como en la de Aragón. En un principio no se estableció en ninguna parte la lista de delitos sancionables con la pena de galeras, sino simplemente se autorizó la conmutación de penas, corporales, destierros y otras similares por servicios de galeras. No obstante la revisión de la legislación penal pone de relieve que con el paso del tiempo un buen número de delincuentes se fueron haciendo acreedores de trabajos forzados al remo: ladrones, blasfemos, bígamos, testigos falsos, desertores, huidos de prisión, vagabundos, resistidores de la acción de la justicia, etc. Como las necesidades militares crecieron a medida que se fue desarrollando el proyecto hegemonista de los Habsburgo, se hizo imprescindible modificar algunos aspectos de la pena de galeras: Se aumentó la duración de las condenas, se introdujeron nuevos delitos en el catálogo de delitos sancionables con pena de remo, etc. Aunque no todos los remeros eran galeotes, éstos constituían la mayor parte de la fuerza propulsora de la marina de guerra mediterránea. La penuria de mano de obra forjó en la Corona una concepción utilitarista de la penalidad. En el artículo se analizan además los delitos castigados con galeras y la evolución seguida en tiempos de los Austrias y de los Borbones. Se finaliza explicando cómo era la vida diaria del forzado. El rigor del trabajo, la mala alimentación y las pésimas condiciones de la estancia ocasionaban altas tasas de mortalidad anual. Tras estudiar los tres siglos que aproximadamente componen la Edad Moderna, se llega a la conclusión de que con el transcurso del tiempo no se dulcificó la penalidad. Los ilustrados fueron conscientes de la necesidad de humanizar las penas, pero sus logros quedaron circunscritos al campo de las ideas en el siglo XVIII, preparando el terreno para que el gran cambio se produjera en el siglo XIX.