Constitución y Derecho constitucional en la Unión Europea

  1. Cascajo Castro, José Luis
Revista:
Teoría y realidad constitucional

ISSN: 1139-5583

Año de publicación: 2005

Número: 15

Páginas: 89-106

Tipo: Artículo

DOI: 10.5944/TRC.15.2005.6669 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openDialnet editor

Otras publicaciones en: Teoría y realidad constitucional

Referencias bibliográficas

  • ALBERTÍ ROVIRA(Dir.),Eduard ROIG MOLÉS(Coord..),«El Proyecto de nueva Constitución Europea. Balance de los trabajos de la Convención sobre el futuro de Europa»,Enoch Ed.Tirant, Valencia 2004,
  • A. MANGAS MARTÍN, «La Unión Europea y su futuro :el debate competencial», Noticias de la UE, 2002,p.81.
  • RUBIO LLORENTE, «El constitucionalismo de los Estados integrados de Europa«, REDC,nº48.
  • A. LA PERGOLA, «Il giudice costituzionale italiano di fronte al primatto e all´effetto diretto del diritto comunitario:Note su un incontro di studio»,Gir. Cost.2003,fasc.4,p.2420,
  • M. GARCIA PELAYO, «Las Transformaciones del Estado Contemporáneo»,Alianza Editorial, Madrid,1977,p.158.
  • M. GARCIA PELAYO, «Estadios en la Historia de la jurisdicción constitucional alemana», en Teoría y Realidad Constitucional, nº 6,p.119.
  • S FABBRINI, «L´Unione Europea come democrazia composita?,Riv.It. di Sc.Pol.,2004,1,p.13 y ss. 9
  • Alberta M. SBRAGIA, «La democracia post-nazionale: Una sfida per la scienza política», Riv. It. di Sc.Pol., 2004, 1, p.43 y ss.
  • M. CASTELLS, «La galaxia Internet»,ed. Areté, Madrid, 2001 ,p. 149.
  • Canotilho , J. (1995).«¿Revisar o romper con la Constitución dirigente?. Defensa de un constitucionalismo moralmente reflexivo». REDC, nº43, p.14.
  • S. DELLAVALLE, «Una costituzione senza popolo?, ed. Giuffrè, Milán, 2002. 16 Cfr. «Per una dottrina della costituzione europea», Quaderni Cost.,1999, nº1.
  • P. HÄBERLE, «Europa como comunidad constitucional en desarrollo», en http://www.ugr.es/
  • «I costituzionalisti e l´Europa», Ed. Giuffrè, Milán , 2002, p.535.
  • A. RUGGERI, «Continuo e discontinuo nella giurisprudenza costituzionale, a partire dalla Sent. N. 170 del 1984
  • R. TONIATTI, «Il principio di Rule of Law e la formazione giurisprudenziale del diritto costituzionale dell´Unione Europea», en el vol. col. «Costituzione italiana e Diritto Comunitario» a cargo de S. GAMBINO, Ed. Giuffrè, Milán, 2002, p.506
  • Christian HILLGRUBER, «La integración del Derecho Internacional y del Derecho de la Unión Europea en el ordenamiento constitucional alemán», en http://www.ugr.es/ReDC1, dónde añade que el artº 24.1 de la constitución alemana no autoriza a renunciar a la identidad del ordenamiento constitucional vigente por medio de la ruptura de sus estructuras básicas, de sus estructuras constitutivas.
  • L.LÓPEZ GUERRA, «El poder judicial español ante la Unión Europea», en Autonomies,nº29,2003,p.36.
  • P. MAGNETTE, Bruxelas, 2000,p.15. Recientemente F. BALAGUER, «La construcción del lenguaje jurídico en la Unión Europea», en http://www.ugr.es/ReDCE
  • Azpitarte Sánchez, M. (2004)«Las relaciones entre el Derecho de la Unión y el Derecho del Estado a la luz de la Constitución Europea», en http://www.ugr.es/ReDCE1.
  • Balaguer Callejón, F. «Fuentes del Derecho, espacios competenciales y ordenamientos jurídicos», REDC, nº69, 2003, p.193. 3
  • Joseph H.H. WEILER, Europa, fin de siglo. C.E.C. Madrid, 1995, p.206.
  • «The First Annual Journal of Common Market Studies Lecture:The Reformation of European Constitutionalism», en Journal of Common Market Studies, 35, 1997,
  • Maduro , M. (2003). «Las formas del poder constitucional de la Unión Europea», en REP, nº 119, 2003, p.34.
  • MANZELLA, «Stati e Ordinamento nell´Unione Europea», en el vol. col. «La constitución española en el contexto constitucional europeo», dir. Por F. Fernández Segado, Ed. Dikynson, Madrid, 2003, p. 401 y ss.
  • SANTI ROMANO, «Principii di Diritto Costituzionale Generale», Ed.Giuffrè, Milán, 1947, p.59, dónde insiste en la idea de que hay evidentemente tantos ordenamientos positivos cuantos cuerpos sociales en los que se concretan.
  • SANTI ROMANO, «El Ordenamiento Jurídico», Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 1963, p.96
  • «La ripartizione di competenze tra Unione Europea e Stati membri», en Quad. Cost. 2000, nº 3, p.534.