Principios Jurídico-Políticos de la Constitución de Cádiz

  1. Ramos Pascua, José Antonio
Revista:
Bajo palabra. Revista de filosofía

ISSN: 1576-3935 1887-505X

Año de publicación: 2013

Época: 2

Número: 8

Páginas: 139-152

Tipo: Artículo

Otras publicaciones en: Bajo palabra. Revista de filosofía

Resumen

Cumplido ya el bicentenario de la Constitución de 1812, se trata aquí de hacer un balance general de su significación y alcance como expresión de los más altos valores, principios e ideales políticos de la España contemporánea. Los principios jurídico-políticos constitucionalizados en Cádiz, entre los que destaca el de soberanía nacional, el de división de poderes, la protección de los derechos y libertades individuales o la igualdad de todos ante la ley, expresan la filosofía del iusnaturalismo moderno y de la revolución liberal, pero al mismo tiempo tratan de enlazar con los aspectos más democráticos y liberales de la tradición política hispana. Por todo ello, en la historia de la libertad, la democracia y los derechos humanos en nuestro país, la Constitución de Cádiz será siempre un hito insoslayable.

Referencias bibliográficas

  • BOBBIO, N., Teoría general de la política, ed. de M. Bovero, Madrid, Trotta, 2003.
  • CLAVERO, B., “Cádiz en España: signo constitucional, balance historiográfico, saldo ciudadano”, epílogo a la obra de GARRIGA, C. y LORENTE, M., Cádiz, 1812. La Constitución jurisdiccional, Madrid, CEPyC, 2007.
  • Discurso preliminar leído en las Cortes al presentar la Comisión de Constitución el proyecto de ella, Univ. de Cádiz, 2012 (reimpresión).
  • ESCAMILLA, M., “Bentham en Cádiz. Apuntes previos a un estudio”, en Utilitarismo y constitucionalismo. La ocasión de 1812, Madrid, Dykinson, 2012, pp. 113-46.
  • FERNÁNDEZ SARASOLA, I., La Constitución de Cádiz. Origen, contenido y proyección internacional, Madrid, CEPyC, 2011.
  • JURETSCHKE, H., “Los supuestos históricos e ideológicos de las Cortes de Cádiz”, en Nuestro tiempo, año II, nº 18, 1955.
  • LORENTE SARIÑENA, M., Las infracciones a la Constitución de 1812: un mecanismo de defensa de la Constitución, Madrid, CEC, 1988.
  • MARTÍNEZ QUINTEIRO, E., Los grupos liberales antes de las Cortes de Cádiz, Madrid, Narcea, 1977.
  • MORODO, R., Las Constituciones de Bayona (1808) y Cádiz (1812). Dos ocasiones frustradas, Madrid, Biblioteca Nueva, 2011.
  • OESTREICH, G. y SOMMERMANN, K., Pasado y presente de los derechos humanos, ed. de E. Mikunda, Madrid, Tecnos, 1990.
  • PÉREZ LUÑO, A. E., “Los derechos fundamentales en la Constitución de Cádiz de 1812”, en La filosofía del Derecho en perspectiva histórica. Estudios conmemorativos del 65 aniversario del autor, coord. por R. González-Tablas, Univ. de Sevilla, 2009.
  • DEL REAL, J. A., “El surgimiento constitucional de España como nación”, en Sobre un hito jurídico: la Constitución de 1812, ed. por M. A. Chamorro y J. Lozano, Univ. de Jaén, 2012.
  • Revolución en España, Barcelona, Ariel, 1973.
  • ROMANO, A., “Cadice como modelo costituzionale per l’Europa liberale e antinapoleonica”, en Costituzione politica della monarchia spagnuola, Messina, Rubbettino, 2000.
  • ROMERO MORENO, J. M., Proceso y derechos fundamentales en la España del siglo XIX, Madrid, CEC, 1983.
  • RUIZ RUIZ, J. J., “La protección de los derechos en la Constitución de Cádiz mediante leyes sabias y justas”, en Sobre un hito jurídico: la Constitución de 1812, ed. por M. A. Chamorro y J. Lozano, Univ. de Jaén, 2012.
  • SOSPEDRA MARTÍNEZ, M., La Constitución de 1812 y el primer liberalismo español, Valencia, Cátedra F. F. Ceriol, 1978.
  • VELEZ, R., Apología del Altar y del Trono, Madrid, Imp. de Cano, 1818, vol. II.