El terrorismo en el siglo XXIdel terrorismo nacional al terrorismo global

  1. Ignacio Berdugo Gómes de la Torre 1
  1. 1 Universidad de Salamanca
    info

    Universidad de Salamanca

    Salamanca, España

    ROR https://ror.org/02f40zc51

Zeitschrift:
Revista penal

ISSN: 1138-9168

Datum der Publikation: 2018

Nummer: 42

Seiten: 5-30

Art: Artikel

Andere Publikationen in: Revista penal

Zusammenfassung

Este trabajo pretende estudiar algunas de las consecuencias, que los atentados del 11 de septiembre y conflictos bélicos que se desarrollaron a continuación, han producido en el campo del Derecho penal internacional. Este objetivo hace necesario analizar las características de las nuevas formas de terrorismo yihadista, como delitos con componentes internacionales y la validez que frente a ellos tienen las herramientas jurídicas empleadas. En el ámbito internacional se examina la legítima defensa de los Estados contenida en su Carta fundacional y los intentos de revisar sus requisitos para dar cabida a la legítima defensa preventiva. Junto a ello se analiza el crimen de agresión y la posible consideración de los atentados de terrorismo global como crimen de lesa humanidad.

Bibliographische Referenzen

  • AMBOS, K., El crimen de agresión después de Kampala, Madrid, Dykinson, 2012.
  • ARMSTRONG, K. El Islam, 2ª ed., Madrid, Debate,2013.
  • BECK, U., La sociedad del riesgo mundial. En busca de la seguridad perdida, Barcelona, Paidós, 2008.
  • BEN-AMI, S., MEDIN, Z., Historia del Estado de Israel: génesis, problemas y realizaciones, 2ª ed., Madrid, Rialp, 1991.
  • BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE, I., La justicia transicional en Brasil. El caso de la Guerrilla de Araguaia, Salamanca, Ediciones Universidad de Salamanca, Salamanca, 2017.
  • BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE, I., “Sobre la función simbólica de la legislación antiterrorista española”, Pena y Estado, 1991.
  • COMISIÓN EUROPEA, Reglamento Delegado (UE).../... de la Comisión de 14.7.2016 por el que se completa la Directiva 2015/849 identificando los terceros países de alto riesgo con deficiencias estratégicas, 2016
  • CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Decisión(PESC) 2017/154 del Consejo de 27 de enero de2017 por la que se actualiza la lista de personas, grupos y entidades a los que se aplican los artículos2, 3 y 4 de la Posición común 2001/931/PESC sobre la aplicación de medidas específicas de lucha contra el terrorismo, y por la que se deroga la Decisión(PESC) 2016/1136, 2017 .
  • CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA, Estatuto de la corte Internacional de Justicia, 1945
  • CORTE PENAL INTERNACIONAL, Estatuto de Roma, 2002 (disponible em https://www.icc-cpi.int/resource-library/documents/rs-esp.pdf; fecha de consulta: 20.03.2018).
  • CORTEN, O., “Les resolutions de l’ Institut de Droit International sur la legitime defense et sur les actions humanitaires”, Revue belge de droit International, nº2, 2007.
  • CORTEN, O., DUBUISSON, F., Operation “Liberté concept Immuable”: une extensión de legitime(disponibleabusivetream/2013/36285/1/2002.liberte.immuable.pdf; fecha de consulta: 20.03.2018).
  • CORTEN, O., Le droit contre la guerre, 2ª ed., París, Pedon, 2014.
  • CRISTAKIS, T., “Vers une reconnaissance de la notion de guerre preventive”, en BANNLIER, K., et.al., L´Intervention en Irak et le Droit International,París, Pedone, 2004.
  • DÍAZ SOTO, J. M., “Una aproximación al crimen internacional de agresión”, Revista Derecho Penal y Criminología, vol. 35, nº 99, 2014.Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Núremberg, 1945 (disponible en http://www.cruzroja.es/principal/documents/1750782/1852538/estatuto_del_tribunal_denuremberg.pdf/20090fa2-e5bf-447aaa96-612403df2a66; fecha de consulta: 20.03.2018).
  • FERRÉ OLIVÉ, J.C, PÉREZ CEPEDA, A. (Directores), Financiación del terrorismo, Valencia, Tirant lo Blanch, 2018.
  • FONTANA, J., El siglo de la revolución. Una historia del mundo desde 1914, Barcelona, Planeta, 2017.
  • GAMARRA CHOPO, Y., La defensa preventiva contra el terrorismo internacional y las armas de destrucción masiva: una crítica razonada, Barcelona, CIDOB, nº 77, 2007 (disponible en https://www.cidob.org/es/articulos/revista_cidob_d_afers_internacionals/la_defensa_preventiva_contra_el_terrorismo_internacional_y_las_armas_de_destruccion_masiva_una_critica_razonada; fecha20.03.2018).de consulta:
  • GÓMEZ ISA, F., “Los ataques armados con drones en Derecho internacional”, en Revista Española de Derecho Internacional, vol. 67/1, 2015
  • GUTIÉRREZ ESPADA, C. y CERVELL HORTAL, M.J., “Sistemas de armas automáticas, drones y Derecho internacional” en Revista española de Estudios estratégicos, nº 2/2013
  • HUNTINGTON, S, El choque de civilizaciones la reconfiguración del orden mundial, Barcelona, Paidós,2005. Institut de Droit International, Session de Santiago,Problèmes actuels du recours à la force en droit international, Actions humanitaires, 2007
  • JIMÉNEZ GARCÍA, F., “Las sanciones internacionales en el marco europeo, protección diplomática subsidiaria, contramedidas colectivas y el estado de derecho: relexiones en torno al asunto Bank MelliIrán y el derecho de defensa, en Revista general de Derecho Europeo, nº 29, 2013.
  • Ley Orgánica 5/2014, de 17 de septiembre, por la que se autoriza la ratificación de las Enmiendas al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, relativas a los crímenes de guerra y al crimen de agresión, hechas en Kampala el 10 y 11 de junio de 2010, BoletínOicial del Estado, 2010
  • MANERO SALVADOR, A.,” La controversia de Valladolid: España y el análisis de la legitimidad de la conquista de América”, en Revista electrónica Iberoamericana, vol. 3, nº 2, 2009,
  • MARS, A., “Lorenzo Vidino: ‘Muchos yihadistas están muy bien integrados’”, El País, 2017
  • MARTÍN, J. Suníes y Chíes. Los dos brazos de Alá, 2ªed., Madrid, Catarata, 2008.
  • McCANTS, W., El apocalipsis del ISIS, Bilbao, Deusto, 2016.
  • MENDOZA CALDERÓN, S., “La lucha contra el terrorismo en la Unión Europea. Estrategias de actuación penal conforme al Tratado de Lisboa y respuestas legislativas”, Revista Penal, nº 41, 2018.
  • MENDOZA CALDERÓN, S.: “El delito de terrorismo como crimen internacional. Su consideración como crimen de lesa humanidad”, en PÉREZ CEPEDA, A, PORTILLA CONTRERAS, G., Terrorismo y contraterrorismo en el siglo XXI. Un análisis penal y político criminal, Salamanca, Ratio Legis, 2016.
  • MORAN BLANCO, S., “La Unión Europea y la creación de un espacio de seguridad y justicia”, Anuario español de Derecho Internacional, nº 26, 2010.
  • NÚÑEZ VILLAVERDE, J.: Daesh. El porvenir de la amenaza yihadista, Madrid, Catarata, 2018.
  • OLÁSOLO ALONSO, H., PÉREZ CEPEDA, A., Terrorismo internacional y conflicto armado, Valencia,Tirant lo Blanch, 2008
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Resolución 1368 (2001) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 4370ª sesión, celebrada el 12 de septiembre de 2001
  • ORGANIZACIÓN DE LA NACIONES UNIDAS, Consejo de Seguridad, Resolución 2170 (2014) Aprobada por el Consejo de Seguridad en su 7242ªsesión, celebrada el 15 de agosto de 2014
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Asamblea General, Capacidad del sistema de las Naciones Unidas de ayudar a los Estados Miembros en la aplicación de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, Informe del Secretario General, 2017
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Asamblea General, Plan de Acción para Prevenir el Extremismo Violento, 2015
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Asamblea General, Resolución 3314 (XXIX), de14 de diciembre de 1974, Definición de agresión,1974
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Asamblea General, Resolución aprobada por la Asamblea General el 8 de septiembre de 2006 (A/RES/60/88),2006
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Asamblea General, Resolución aprobada por la Asamblea General el 15 de junio de 2017, Refuerzo de la capacidad del sistema de las Naciones Unidas de ayudar a los Estados Miembros en la aplicación de la Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, 2017
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Carta de las Naciones Unidas, 1945
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, Informe del Secretario General, Unidos contra el terrorismo: recomendaciones para una estrategia mundial de lucha contra el terrorismo, 2006
  • ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, La Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948
  • OROZCO TORRES, L. E.. “La criminalización de las guerras de agresión”, Revista Española de Relaciones Internacionales, nº 3, 2011.
  • PARLAMENTO EUROPEO, CONSEJO EUROPEO, Directiva (UE) 2017/541 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017 relativa a la lucha contra el terrorismo y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo y se modifica la Decisión 2005/671/JAI del Consejo, 2017
  • PARLAMENTO EUROPEO, CONSEJO EUROPEO, Directiva (UE) 2017/541del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo y por la que se sustituye la Decisión marco 2002/475/JAI del Consejo y se modifica la Decisión 2005/671/JAI del Consejo, 2017
  • PECES-BARBA, G. (dir.), Historia de los Derechos Fundamentales, Madrid, Dykinson, 2013, tomo IV,vol. III, libros I, II y III.
  • PÉREZ CEPEDA, A., El pacto antiyihadista: criminalización de la radicalidad, Valencia, Tirant loBlanch, 2017.
  • PÉREZ CEPEDA, A., RUIZ ARIAS, M. (dirs.), Actas del Seminario Internacional. El terrorismo en la actualidad: un nuevo enfoque político criminal, Salamanca, Ratio Legis, 2017.
  • PÉREZ CEPEDA, A, PORTILLA CONTRERAS, G., Terrorismo y contraterrorismo en el siglo XXI. Un análisis penal y político criminal. Salamanca, Ratio Legis, 2016.
  • PÉREZ GONZÁLEZ, M., “La legítima defensa puesta en su sitio: observaciones críticas sobre la doctrina Bush de la acción preventiva”, Revista española de Derecho Internacional, vol. LV, 2003.
  • QUESADA ALCALÁ, C., “El crimen de agresión como amenaza a la seguridad global”, Cuadernos de estrategia, nº 160, 2010.
  • REGUEIRO DUBRA, R., La legítima defensa en Derecho Internacional, Madrid, Instituto Universitario General Gutiérrez Mellado UNED, 2012.
  • REMIRO BROTONS, A., “Terrorismo internacional, principios agitados”, IUS, nº 37.
  • RÚPEREZ, J. “Las Naciones Unidas en la lucha contra el terrorismo. Primer balance”, Cuadernos de Pensamiento político, 2005.
  • SANDS, P., Calle Este-Oeste, Barcelona, Anagrama, 2017
  • THE WHITE HOUSE, The National Security Strategy of de United States of America, 2002 (disponible en https://www.state.gov/documents/organization/63562.pdf; fecha de consulta: 20.03.2018).
  • TRIBUNAL INTERNACIONAL DE LA HAYA, Sentencia de la corte Internacional de Justicia del27 de junio de 1986 sobre actividades militares y paramilitares en y contra Nicaragua: necesidad de su inmediato cumplimiento, 1986
  • VON CLAUSEWITZ, C., De la guerra, Madrid, La esfera de los libros, 2005 (trad. Carlos Fortea).
  • YARNOZ, C., “Estrategia de aniquilación”, Suplemento En Portada, El País, 11 de marzo 2018
  • REMIRO BROTONS: Derecho Internacional. Curso general, Valencia, Tirant lo Blanch, 2010.