El contrato no-contrato

  1. Ballugera Gómez, Carlos
Supervised by:
  1. Alberto Bercovitz Rodríguez-Cano Director

Defence university: UNED. Universidad Nacional de Educación a Distancia

Fecha de defensa: 30 September 2005

Committee:
  1. Mercedes Vérgez Sánchez Chair
  2. María Ángeles Calzada Conde Secretary
  3. Ignacio Quintana Carlo Committee member
  4. Ramón Bernabé García Luengo Committee member
  5. Manuel Antonio Domínguez García Committee member

Type: Thesis

Teseo: 128252 DIALNET

Abstract

En la presente tesis se estudia el contrato por adhesión, considerando como su nota distintiva el que su contenido conserva, pese a la perfección del contrato, una posibilidad indeterminada de disenso. En cuanto esa posibilidad hace presa en las condiciones generales la llamamos disociación, referida al contenido contractual en general, incluyendo el contenido negociado, la llamamos anfibología. La subsistencia de esa circunstancia peculiarísima en el contrato por adhesión no es posible sin que las partes hayan llegado al convencimiento de haber celebrado un contrato. Se ha llamado a ese convencimiento de las partes y del intérprete, acuerdo nuclear. Tanto la disociación como la anfibología deben ser eliminadas, esa eliminación no es posible realizarla únicamente con las armas de la interpretación sino que se precisa de normas específicas articuladas en tomo a lo que se ha denomimado norma de equilibrio del contrato de intercambio. En su forma negativa esa regla reza así: las cláusulas abusivas están prohibidas, en la afirmativa, las condiciones generales de la contratación deben ser equilibradas. La norma de equilibrio es semiimperativa y puede ser formal o material, aspectos que determinan sus dos modalidades principales. La norma de equilibrio en su aspecto formal postula la transparencia de las condiciones generales, en su aspecto material prohibe la abusividad. También se consideran modalidades de la norma de equilibrio la regla de la prevalencia de la condición más beneficiosa y el concepto legal de las condiciones generales de la contratación. La promulgación y desarrollo de la norma de equilibrio ha dado lugar, dentro del Derecho privado a una nueva vertiente o dimensión, la social, que nos permite hablar en la actualidad de un auténtico Derecho privado social.