Provincia et imperiumla concepción del mando provincial en época de la república (227-44 a.c.)

  1. DÍAZ FERNÁNDEZ, ALEJANDRO
Dirigida por:
  1. Francisco Pina Polo Director/a

Universidad de defensa: Universidad de Zaragoza

Fecha de defensa: 01 de abril de 2014

Tribunal:
  1. Francisco Marco Simón Presidente/a
  2. Francisco Beltrán Lloris Secretario/a
  3. Antonio Caballos Rufino Vocal
  4. Frédéric Hurlet Vocal
  5. Manuel Salinas de Frías Vocal

Tipo: Tesis

Teseo: 361137 DIALNET

Resumen

iNTRODUCCIÓN La fijación de sendas provincias pretorianas en Sicilia y Sardinia a partir del año 227 constituye el punto de partida de un proceso por el que la prouincia, entendida en su concepción primordial como la misión o dominio concedido a un titular de imperium, pasó a convertirse en el método de dominación habitual impuesto por los romanos a sus posesiones no peninsulares. Dicha decisión dio paso a un concepto particular de prouincia, caracterizada por su vinculación con un destino situado lejos de Italia y su carácter permanente: pero este salto no comportó de manera inmediata una variación semántica e institucional en el término. Aunque la crítica ha sostenido habitualmente que la sucesiva institución de las provincias dio pie a una nueva acepción del sustantivo, comparable a nuestro significado moderno, que habría convivido durante la República con el concepto primordial de prouincia, lo cierto es que la lectura de las fuentes no conduce necesariamente a estas conclusiones. Antes bien, da la sensación de que el concepto de prouincia nunca perdió su sentido competencial y de dominio, sino que simplemente comenzó a presentar en ciertos usos una serie de connotaciones de tipo administrativo y territorial que no variaron en esencia la concepción primordial del término. DESARROLLO Desde este planteamiento resulta más sencillo comprender a nuestro juicio la realidad que presentan las distintas provincias que Roma asentó por el Mediterráneo a lo largo del período republicano, algunas de las cuales difícilmente parecen encajar en los patrones supuestos a veces por ciertos historiadores. De hecho, la conversión de una provincia en un destino permanente no comportaba necesariamente la institución de una serie de leyes y condiciones de sometimiento para las poblaciones vinculadas a ésta. Los testimonios de las fuentes parecen demostrar que la situación o las condiciones de una provincia no variaban de manera sustancial tras su sometimiento a la condición permanente: no obstante, este planteamiento no resta trascendencia a tal decisión, pues ésta representa en última instancia la voluntad de dominación de Roma sobre cada destino. Desde este punto de vista, el objetivo de esta tesis pretende ser doble: por un lado, determinar el momento en que cada provincia tomó carácter permanente durante la época de la República y definir la concepción que los romanos tenían de esas provincias una vez tomada dicha condición, y, por otro, determinar a quiénes se confió su titularidad durante este período y tratar de definir, al mismo tiempo, esa figura a la que concedemos de manera convencional la denominación de gobernador provincial. De acuerdo con tales planteamientos, presentamos a continuación el siguiente esquema de tesis: I. PRESENTACIÓN. II. QVID ISTVC EST PROVINCIAI? 2.1. Prouincia e imperium en el latín de la República. 2.2. ¿De prouinciae a provincias? La concepción de las provincias romanas en época de la República. 2.3. Populus Romanus per magistratus administrabat: la titularidad del mando provincial. III. FUENTES PARA EL CONOCIMIENTO DE LAS PROVINCIAS ROMANAS EN ÉPOCA DE LA REPÚBLICA. 3.1. La literatura latina y griega: balance y cuestiones de interpretación. 3.2. Fuentes epigráficas y numismáticas: problemas y novedades documentales. IV. DE LA PROVISIONALIDAD A LA PERMANENCIA: LAS PROVINCIAS ROMANAS EN ÉPOCA DE LA REPÚBLICA. 4.1. Prouinciae Sicilia et Sardinia. 4.2. Prouinciae Hispaniae Citerior et Hispania Vlterior. 4.3. Prouincia Africa. 4.4. Prouincia Macedonia. 4.5. Prouincia Asia. 4.6. Prouincia Cilicia. 4.7. Prouincia Bithynia et Pontus. 4.8. Prouincia Syria. 4.9. Prouincia Curenae. 4.10. Prouincia Gallia. V. NOTAS FINALES Y CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA APÉNDICE: LA TITULARIDAD DE LAS PROVINCIAS ROMANAS EN ÉPOCA DE LA REPÚBLICA (227-44 A.C.). CONCLUSIÓN De acuerdo con la lectura de las fuentes podemos concluir que las provincias romanas nunca perdieron su concepción esencial como comandancias o competencias vinculadas al imperium de un magistrado. Básicamente continuaron concibiéndose como ámbitos de ejercicio del imperium, si bien serían su carácter permanente y su vinculación a un destino situado lejos de la península Itálica lo que caracterizará a estas competencias frente a las demás misiones concedidas a los magistrados romanos. Es en consecuencia este momento o esta decisión, la de mantener una determinada comandancia en un área o ámbito, la que convierta paulatinamente estas provincias en capitanías bajo la administración de una serie de magistrados, pretores y cónsules, a quienes se confió de manera sistemática el mando de las mismas y a quienes podemos dar, si bien sólo de manera convencional, la denominación de gobernadores provinciales.