Una defensa de la comprensión de la teoría del Derecho de H.L.A. Hart como la mejor explicación del Derecho del Estado Constitucional. El positivismo jurídico hartiano frente al neoconstitucionalismo
- CORONA BÁRCENAS, LUIS IGNACIO
- María del Carmen Barranco Avilés Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universidad Carlos III de Madrid
Fecha de defensa: 2018(e)ko martxoa-(a)k 01
- Rafael F. de Asís Roig Presidentea
- José Antonio Ramos Pascua Idazkaria
- Cristina García Pascual Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
A mediados del siglo XX y, en concreto, al final de la Segunda Guerra Mundial, en Europa se produjo un cambio de paradigma respecto del Estado de Derecho. Se trata del Estado constitucional y de su Derecho. Este tipo de sistema jurídico se identifica por algunos rasgos, tales como la presencia de una Constitución entendida como norma jurídica suprema y rígida, a la que se incorporan contenidos materiales, que funcionan como criterios de validez, y que condicionan la interpretación jurídica. Las teorías neoconstitucionalistas sostienen que el positivismo jurídico es insuficiente para explicar aquel tipo de sistema jurídico. Mi hipótesis es que el positivismo jurídico hartiano es la mejor comprensión de la Teoría del Derecho y que es capaz de explicar el Derecho del Estado constitucional.