La protección constitucional de los derechos sociales. El caso de México

  1. Robles Garza, Magda Yadira
Dirigida por:
  1. Luis Aguiar de Luque Director/a

Universidad de defensa: Universidad Carlos III de Madrid

Fecha de defensa: 18 de septiembre de 2003

Tribunal:
  1. Luis María López Guerra Presidente/a
  2. José María Sauca Cano Secretario/a
  3. Pablo Pérez Tremps Vocal
  4. José Luis Cascajo Castro Vocal
  5. Juan José Solozábal Echavarría Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

Uno de los logros más relevantes del constitucionalismo del siglo pasado está representado por la inclusión en las constituciones de los llamados derechos sociales. A pesar de sus implicaciones en la concepción del Estado Social en cuanto a su realización, las limitaciones en tal sentido no son suficientes para negar su valor y fuerza como categoría constitucional. A partir de la determinación del alcance jurídico en cuanto normas constitucionales, las posibilidades por las que cabe hablar de una protección más efectiva de los derechos sociales señalan que el control de constitucionalidad permite que estos derechos actúen como parámetros del control de la constitucionalidad y como criterios interpretativos del ordenamiento jurídico. En el ámbito mexicano, esta compleja problemática se refleja en los antecedentes constitucionales y la incorporación de los derechos sociales, así como el papel del Estado mexicano, principalmente, a partir de los ochentas, con la consolidación del constitucionalismo iniciado en 1917. Sin embargo, determinar el valor y posición de los derechos sociales admite una revisión de las posibilidades que ofrece el control constitucional de las leyes en México que permite hacer efectivos los postulados sociales, así como los retos que debe enfrentar para lograrlo