El devengo/exigibilidad del IVA en el régimen especial del criterio de caja

  1. Marcos Iglesias Caridad
Revista:
Nueva fiscalidad

ISSN: 1696-0173

Año de publicación: 2022

Número: 3

Páginas: 249-258

Tipo: Artículo

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Resumen

El régimen especial del criterio de caja en el IVA traslada el momento del devengo al cobro de las cantidades percibidas. La normativa española viene considerando que, si este cobro no se ha realizado antes del 31 de diciembre del año inmediatamente posterior al de la realización de la operación, dicha fecha se determina como la del devengo del impuesto. El TS en Sentencia núm. 642/2022, de 31 de mayo, entiende que la fijación del devengo en un instante anterior al del cobro es contrario a la Directiva IVA a tenor de algún pronunciamiento del TJUE, por lo que no lo tiene en cuenta aplicando el criterio de interpretación conforme al Derecho comunitario. Queda la duda de si lo correcto hubiera sido plantear una cuestión prejudicial, tal y como defiende el voto particular.

Referencias bibliográficas

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