Patentar la vida animal: el caso del oncorratón en Canadá-Universidad de Harvard versus Canadá

  1. María Carmen Velayos Castelo 1
  1. 1 Universidad de Salamanca
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    Universidad de Salamanca

    Salamanca, España

    ROR https://ror.org/02f40zc51

Revista:
Revista Brasileira de Direito Animal

ISSN: 2317-4552 1809-9092

Año de publicación: 2010

Volumen: 5

Número: 6

Tipo: Artículo

DOI: 10.9771/RBDA.V5I6.11069 GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

El Tribunal Supremo del Canadá dictamina en 2002 que las formas superiores de vida, como un oncorratón, no son patentables pues ni son un "producto manufacturado" ni una mera "composición de materia" según el significado de invención de la ley canadiense de Patentes. Entre las razones a favor de la patentabilidad, la legislación canadiense y estadounidense eran similares y en USA se había patentado el oncorratón en 1988. Pese a todo, la oficina canadiense de patentes deja fuera consideraciones éticas, que sí incluye la Oficina Europea de Patentes (OEP) y que resultó, en 2004, en la concesión de la patente apelando, eso sí, al artículo 53 sobre excepciones a la patentabilidad, que excluye las invenciones "cuya publicación o explotación sea contraria al orden público o las buenas costumbres". la discusión del recurso canadiense nos llevará al punto central de éste: la cuestión sobre la supuesta autonomía de la "vida" de un animal manipulado genéticamente.