Anotaciones sobre la prueba según el código orgánico general de procesos del Ecuador

  1. Ana Teresa Intriago Ceballos
Revista:
Iudicium

ISSN: 2530-5158

Año de publicación: 2018

Número: 5

Páginas: 75-90

Tipo: Artículo

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Resumen

El devenir de la sociedad ocasiona profundos cambios en el Estado, al tocar a uno de los poderes públicos como la Función Judicial, transforma la sustanciación de los procesos judiciales acorde a nuevos paradigmas. En Ecuador, el principio dispositivo y la implementación del sistema oral en la actividad de la administración de justicia, hizo necesario repensar los principios que rigen la actividad probatoria; hoy el proceso judicial no penal, pertenece a los titulares del interés jurídico; no es el juicio de los jueces ni de los abogados, sino de quien acude a la judicatura en búsqueda de la tutela judicial efectiva de sus derechos. Corresponde a las defensas técnicas encauzar ese interés particular, ya que los cuerpos procesales exigen del abogado el conocimiento pleno de los principios aplicables a la prueba y de sus reglas para el procedimiento adversarial mixto que se aplica en el Ecuador; el diseño de una estrategia probatoria eficaz requiere no sólo del esfuerzo inicial del defensor sino también de la posibilidad de flexibilizarla conforme se va desarrollando el procedimiento. En este trabajo, se ha pretendido realizar unas breves anotaciones sobre las novedades que trajo el Código Orgánico General de Procesos en torno a la prueba