Comunidades Autónomas y Unión Europea tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa. Sobre los riesgos de una reforma del Estado Autonómico sin reforma de la Constitución

  1. Martín Pérez de Nanclares, José
Journal:
REDE. Revista española de derecho europeo

ISSN: 1579-6302

Year of publication: 2010

Issue: 33

Pages: 45-90

Type: Article

More publications in: REDE. Revista española de derecho europeo

Sustainable development goals

Bibliographic References

  • J. MARTÍN Y PÉREZ DE NANCLARES (Coord.): El Tratado de Lisboa. La salida de la crisis constitucional, Iustel, Madrid, 2008.
  • Mariola URREA CORRES, Tratado de Lisboa, 2ªed., Marcial Pons, Madrid, 2010.
  • Manuel CIENFUEGOS MATEO: «El impacto dela Comunidad Europea en las competencias de las Comunidades Autónomas», en AAVV Estatuto y Unión Europea, Institut d» Estudis Autono` mics, Barecelona, 2006, pp. 13-78.
  • José MARTÍN y PÉREZ DE NANCLARES:«Tiempo para la reflexión: sobre el error dellamar Constitución a lo que es un tratado internacional», Revista General de Derecho Europeo2005, núm. 8 (http://www.iustel.com).
  • «Die rechtliche Natur der Europa ̈ischen Union als Staten-verbund», en Armin von BOGDANDY(ed.), Europaisches Verfassungsrecht. Theoretische und Dogmatische Grundzüge, Springer, Berlín, pp. 893-929.
  • Roman HERZOG y Stephan HOBE(coords.): Die Europaische Union auf dem Weg zum verfassten Staatenverbund, Beck, Munich, 2004.
  • Armin von BOGDANDY: «Zweierlei Verfassungsrecht. Europaisierung als Gefa ̈hrdungdes gesellschaftlichen Grundkonsens», Der Staat 2000, pp. 163 y ss.
  • José MARTÍN y PÉREZ DE NANCLARES, «The Federal Elements of the European Union», Zeitschrift für Europarechtliche Studien 2001, pp. 595-625.
  • Francis ROSENSTIEL, F.:«Reflections on the notion of supranationality», Journal of Common Market Studies1963, pp. 127-139.
  • P. CRUZ VILLALÓN: «Constitución europea y constituciones nacionales», en AA VV, Comentarios a la Constitución europea. Valencia, 2004, vol. I, pp. 77-96,
  • Ingold PERNICE: «Multilevel Constitutionalism and the Treaty of Ámsterdam: European Constitutionmaking revisited», Common Market Law Review 1999, pp. 703-750.
  • Ingold PERNICE:«The Treaty of Lisbon: Multilevel Constitutio-nalism in action», Columbia Journal of European Law2009.
  • Ingold PERNICE:«Die dritte Gewalt im europa ̈ischenVerfassungsverbund»,Europarecht1996, pp. 27-43.
  • P. HAY.: Federalism and Supranational Organizations, University of Illinois Press, Illinois, 1966.
  • Armin von BOGDANDY, A. von:Supranationaler Fo ̈deralismus als Wirklichkeit und Idee einer neuen Herrschaftsform-–Zur Gestalt der EU nach Amsterdam, Nomos Verlagsgesellschaft, Baden-Baden, 1999.
  • Francisco ALDECO ALUZARRAGA: Una Europa, su proceso constituyente, Madrid, 2003.
  • Araceli MANGAS MARTÍN: «European Union Law: A Special Subsystem of International Law», en AAVV, Liber amicorum «in memoriam»of Judge JoséMaría Ruda, Kluwer, La Haya,2000.
  • Stefan OETER: «Fo ̈deralismus und Demokratie», en Armin von BOGDANDY y JürgenBAST (coords.), Europaisches Verfassungsrecht–Theoretische und Dogmatische Grundzüge, 2ªed., Springer, Berlín, 2009, pp. 73-120.
  • Michael BURGESS: Federalism and European Union: The Building of Europe,....2000, pp.41-42.
  • Petra NEMECKOVA: «La sentencia del Tribunal Constitucional checo de27.11.2008 sobre la compatibilidad del Tratado de Lisboa con la Constitución de la República checa», Revista de Derecho Comunitario Europeo 2009, núm. 32, pp. 239-258.
  • J. KOMAREK: «Pluralismo constitucional europeo tras la ampliación (Un análisis de la jurisprudenciacomunitaria del Tribunal Constitucional polaco)»,Revista Española de Derecho Europeo2005, pp. 627-657.
  • M. P. CHITTI: «Am Deutschen Volke. Primera nota sobre la sentenciadel Bundesverfassungsgericht de 30 de junio de 2009, sobre el Tratado de Lisboa y suaplicación en Alemania», El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho 2009, núm.7, pp. 4-9.
  • E. PACHE: “Das Ende der europa ̈ischenIntegration? Das Urteil des Bundesverfassungsgerichts zum Vertra von Lissabon, zur Zukunft Europas und der Demokratie”,Europa ̈ische Grundrechte-Zeitschrift2009, pp. 285-298.
  • A. LÓPEZ CASTILLO: «Alemania en la Unión Europea a la luz de la Sentencia-Lisboa, de 30 de junio de 2009, del Tribunal Constitucional federal alemán», Revista Española de Derecho Constitucional, 2009, pp. 337-360,
  • Torsten STEIN: «La sentencia del Tribunal Constitucional alemán sobre el Tratado de Maastricht», Revista de Instituciones Europeas 1994, pp. 745-770.
  • Arminvon BOGDANDY:«Principien der Rechtsfortbildung im europa ̈ischen Rechtsraum–Überle-gungen zum Lissabon-Urteil des BVerfG», Neue Juristische Wochenschrift 2010, pp. 1-5.
  • Carlo Otto LENZ:«Ausbrechender Rechtsakt», Frankfurter Allegemeine Zeitungde 8 de agosto de 2009.
  • Christian CALLIES, «Das Ringendes Zweiten Senats mit der Euroa ̈ischen Union:Über das Ziel hinausgeschossen...»,Zeits-chrift für Europarechtliche Studien 2009, pp. 559-582, en p. 581.
  • «La contribución delTribunal Constitucional alemán al Derecho comunitario europeo: el permanente«tira yafloja»con el Tribunal de Justicia de la UE»,en RIPOLLCARULLA, S. (dir.) y UGARTEMENDIA ECIZABARRENA, J. I. (coord.),España ante los tribunales internacionales europeos. Cuestiones depolítica judicial,IVAP, Onate, 2008, pp. 175-197.
  • P. CRUZ VILLALÓN:«El papel de los tribunales constitucionales nacionales en el futuro constitucional de la Unión», en AA VV, Une Communautéde droit–Festschrift fu ̈r Gil Carlos RodriguezIglesias, Nomos, Baden-Baden, 2003, pp. 271-282;
  • G.C. RODRÍGUEZ IGLESIAS:«Tribunales constitucionales y Derecho Comunitario», en AA VV, Hacia un orden internacional y europeo, Estudios en homenaje al profesor D. Manuel Díez de Velasco, Tecnos, Madrid, 1993, pp. 1175-1200.
  • P. PÉREZ TREMPS: «La jurisdicción constitucional y la integracióneuropea»,Revista Española de Derecho Europeo, 2009, pp. 19-48.
  • Antonio LÓPEZ CASTILLO, «Droit de l Union européenne et les Constitutions nacionales», XX FIDE Congre`s, Londres, 2002, vol. I, pp. 313-386.
  • Araceli MANGAS MARTÍN: Derecho Comunitario europeo y derecho español, Tecnos, 2ªed., Madrid, 1987;
  • «La Constitución y la ley ante el Derecho Comunitario», Revista de Instituciones Europeas 1991, pp. 587-623;
  • «Quelques réflexions sur la jurisprudente constitutionnelle espagnole et le droit communautaire», en AAVV, Mélanges en hommage a` Jean-Victor Louis, ULB, Bruselas, 2003, vol. I, pp. 227-287.
  • «La Declaración del Tribunal Constitucional sobre el artículo 13.2 de la Constitución (derecho desufragio pasivo de los extranjeros): una reforma constitucional innecesaria o insuficiente», Revista Española de Derecho Internacional 1992, pp. 381-393, en p. 385.
  • Gil Carlos RODRIGUEZ IGLESIAS: «Problemas jurídicos de la adhesión de España a la CEE»,enCursos de DerechoInternacional de Vitoria-Gasteiz1984, pp. 191 y ss.
  • «L’incidence dudroit communautaire sur le droit nacional»,en Mélanges en hommage a Michel Waelbroeck,Bruylant, Bruselas, 1999, vol. I, pp. 517-551.
  • Carlos RODRÍGUEZ IGLESIAS, «No existe contradicción entre la Constitución española y la Constitución europea: la Declaración del Tribunal Constitucional», Revista de Derecho Comunitario Europeo 2005, pp. 5-16, en pp. 15-16.
  • Ricardo ALONSO GARCÍA: «Constitución española y Constitución europea: guión parauna colisión virtual y otros matices sobre el principio de primacía», Revista Española de Derecho Constitucional, 2005, pp. 339-364;
  • José María AREILZA CARVAJAL: «La inserción de España en la nueva Unión Europea: la relación entre la Constitución española y el Tratado Constitucional (comentario a la DTC 1/2004, de 13 de diciembre de 2004)», Revista Española de Derecho Constitucional 2005, pp. 365-378;
  • Víctor FERRERAS COMELLA: «La Constitución española ante la cláusula de la primacía del Derecho de la Unión Europea. Un comentario a la Declaración 1/2004 del Tribunal Constitucional», en AAVV, Constitución española y Constitución europea: análisis de la Declaración del Tribunal Constitucional (DTC 1/2004, de 13 de diciembre), Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2005, pp. 77-100;
  • Itziar GÓMEZ FERNÁNDEZ: «La Constitución Española «frente» al Tratado por el que se establece una Constitución para Europa: entre la necesidad y la conveniencia de una reforma constitucional», Civitas-Revista Española de Derecho Europeo, 2005, pp. 297-327;
  • Antonio LÓPEZ CASTILLO: «La Unión Europea «en constitución» y la Constitución estatal en (espera de) reformas. A propósito de la DTC 1/2004, de 13 de diciembre», en AAVV, op. cit. (Constitución española y Constitución europea...), pp. 13-49»;
  • José MARTÍN Y PÉREZ DE NANCLARES: «Hacia una nueva concepción del artículo 93 de la Constitución: comentario a la Declaración 1/2004 del Tribunal Constitucional», Revista Española de Derecho Internacional2005, pp. 799-818.
  • Als Bundesstaat in der Gemeinschaft», en Ersnt von CAEMMERER(ed.), Probleme deseuropa ̈ischen Rechts–Festschrift für Walter Hallstein, Klosterman, Frankfurt a. M, 1966, pp.248-256.
  • Enoch ALBERTÍ ROVIRA: «Las regiones en el proyecto de nueva Constitución Europea», enib, y Eduard ROIG(coords), El proyecto de nueva Constitución Europea, Tirant lo Blanch, Valencia, 2004;
  • Francesc MORATA y R. RAMÓN, Regiones y Constitución europea, Institut Universitari d»Estudis Europeus, Barcelona, 2005;
  • José Mª PÉREZ MEDINA: «Tratamiento de la cuestión regional en el proyecto de Tratado constitucional de la Unión Europea», Revista General de Derecho Europeo, 2004, núm. 4, http://www.iustel.com.;
  • Marta SOBRIDO PRIETO: «El papel de las regiones en la Constitución Europea», Revista General de Derecho Europeo, 2005, núm. 8, http://www.iustel.-com.
  • Enoch ALBERTÍ ROVIRA: «El acceso de las Comunidades Autónomas al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas», en AAVV,Integración europea y poder judicial,IVAP,Oñate,2006, pp. 157-166;
  • José MARTÍN Y PÉREZ DE NANCLARES: La posición de las CCAA ante el Tribunalde Justicia de las Comunidades Europeas (propuestas para una reforma), Instituto Vasco de Admi-nistraciónpública, Oñate, 1996;
  • C. ORTEGA SANTIAGO: Las Comunidades Autónomas ante lajurisdicción comunitaria, Iustel, Madrid, 2005;
  • Marta SOBRIDO PRIETO:Las Comunidades Autónomas ante el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Primera Instancia de lasComunidades Europeas,Tirant lo Blanch, Valencia, 2003;
  • Mariola URREA CORRES:«La capacidad procesal de lasComunidades Autónomas en el Derecho Comunitario Europeo», Anuario Jurídico de LaRioja2005, núm. 10, pp. 147-171.
  • A. MANGAS MARTÍN:«Algunos aspectos delDerecho derivado en el Tratado de Lisboa: Categorización de los actos, indeterminación e los tipos de actos, bases jurídicas y jerarquía», Revista General de Derecho Europeo, 2009, num. 18 (http//:wwwiustel.com).
  • Araceli MANGAS MARTÍN: «Incidencia del Tratado Constitucional europeo sobre la Constitución española», en AAVV, Pacis Artes–Obra home-naje al profesor Julio D. González Campos, Eurolex, Madrid, 2005, tomo I, pp. 947-976,
  • Wolfgang DURNER, Franz-Joseph PEINE y Hans Jürgen PAPIER (eds.): Reform an Haupt und Gliedern.Verfassungsreform in Deutschland un Europa, Beck, Munich, 2009;
  • Meter-Christian MÜLLER-GRAFF:«Die Europatauglichkeit der grundgesetzlichen Fo ̈deralismusreform»,en Rainer PITSCHAS y Rupert SCHOLZ(eds.), Wege gelebter Verfassung in Recht und Politik, Duncker & Humblot, Berlín, 2007, pp. 705-727;
  • Rainer ROBRA(ed.):Fo ̈deralismusreformund Europapolitk, Nomos Verlagsgesellschaft, Baden-Baden, 2007.
  • Katrin GERSTENBERG: Zu den Gesetzgebungs–und Verwaltungskompetenzen nach der Fo ̈deralismusreform, Duncker & Humblot, Berlín, 2009.
  • Christian HEITSCH: «Die asymmetrische Neueverflechtung der Kompetenzordnung durchdie deutsch“Fo ̈deralismusreform I”»,Jahrbuch des o ̈ffentliches Rechts der Gegenwart, MohrSiebeck, Tübingen, 2009, tomo 57, pp. 333-358.
  • Hans HOFMANN y LudgerSCHLIEF: Grundgesetz und Begleitgesetz–Die Fo ̈deralismusreform II mit neuen Gesetztexten, Gesetzbe-gründungen und einer Einführung, C.F. Müller, Heidelberg, 2009.
  • Ralf Thomas BAUS (ed.):Der deutsche Fo ̈deralismus 2020, Nomos Verglagsgesellschaft, Baden-Baden, 2009;
  • Thomas FISCHER y Rudolf HRBEK (eds.):Fo ̈deralismusreform II: Wichenstellungen für eine Neuordnung der Finanzbereich im deutschen Bundesstat, Nomos Verlagsgesellaschaft, Baden-Baden, 2008;
  • Ingolf DEUBEL: «Die Fe-deralismusreform II–Eine sinnvolle Weiterentwicklung der Verschuldungsgrenzen», en Zeitschrift für Staats–und Europawissenschaftten, 2009, pp. 231-249.
  • ENOCH ALBERTÍ ROVIRA: «Las reformas territoriales en Alemania yEspaña y la sostenibilidad del paradigma autonómico español»,Revista Española de Derecho Constitucional, 2006, núm. 78, pp. 9-42.
  • F. RUBIO LLORENTE y J.ÁLVAREZ JUNCO(eds.): El informe del Consejo de Estado sobre la reforma constitucional. Texto del informe y debates académicos, CEPC, Madrid, 2006.
  • P. GARCÍA-ESCUDERO MÁRQUEZ: «Las funciones de un futuro Senado: cuestionesresueltas en el Informe del Consejo de Estado», Revista Española de Derecho Constitucional, 2009, pp. 157-182.
  • Eliseo AJA, Enoch ALBERTÍ ROVIRA y Juan José RUIZ RUIZ: La reforma constitucional del Senado, CEPC, Madrid, 2005.
  • Enoch ALBERTÍ ROVIRA: «La reforma constitucional del Senado a la hora de la verdad»,enib., Eliseo Aja y Juan José RUIZ RUIZ:La reforma constitucional del Senado, CEPC, Madrid,2005, pp. 33-50, en pp. 34-35.
  • Mónica CLAES: «Constitucionalizando Europa desde su fuente. Las «cláusulas europeas» en las Constituciones nacionales: evolución y tipología», en Marta CARTABIA, Bruno DE WITTE y Pablo PÉREZTREMPS(dir.),Constitución europea y Constituciones nacionales, Tirant lo blanch, Valencia, 2005, pp. 123-190.
  • Xavier PONSRAFOLS y Eduard SAGARRATRÍAS: La acción exterior de la Generalitat en el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña, Centre Estudis Internacionals, Universidad de Barcelona, Barcelona, 2006, pp.10-19.
  • Pedro CRUZ VILLALÓN:«Las reformas del Estado de las autonomías», Revista d»Estudis Autono`mics i Federals, 2006, núm. 2, pp. 77-99, en p. 77 y pp. 84-91
  • Eliseo AJA:«La consolida-ción definitiva del Estado autonómico: tareas pendientes», en Fernando GARCÍA DE CORTÁ-ZAR (coord.) :El Estado de las autonomías en el siglo XXI: cierre o apertura indefinida, Fundaciónpara el Análisis y los Estudios Sociales, Madrid, 2001, pp. 239-262, en p. 242 y 244.
  • «El derecho de informacion de las CCAA en los procesos de celebracion de tratados internacionales: evolucion a la luz de la prácticay de las recientes reformas de los Estatutos de Autonomia», en Eliseo AJA(coord.),Informe de las Comunidades Autonomas 2007, Instituto de Derecho Publico, Barcelona, 2008, pp.83-108.
  • Inmaculada MARRERO ROCHA: «La acción exterior de Andalucía en el contexto del nuevo Estatuto deAutonomía», en Rafael GARCÍAPÉREZ(coord.), La acción exterior de las Comunidades Autónomas en las reformas estatutarias, Tecnos, Madrid, 2009, pp. 67-105;
  • P. A. FERNÁNDEZ SÁNCHEZ:«El nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía y la acción exterior», Anuario de Derecho Internacional, 2006, pp. 53-88.
  • Araceli MANGAS MARTÍN:«Acción exterior de la Comuni-dad Autónoma», en AAVV, Derecho Público de Castilla y León, Lex Nova, Valladolid, 2008, pp. 667-703;
  • Alberto A. HERRERO DE LA FUENTE y Margarita M. CORRAL SUÁREZ: «La acción exterior en el nuevo Estatuto de Autonomía de Castilla y León», en Rafael GARCÍA PÉREZ(coord.),La acción exterior de las Comunidades Autónomas en las reformas estatutarias, Tecnos, Madrid, 2009, pp. 107-145.
  • José Luis IGLESIAS BUHIGUES: «Relaciones con la Unión Europea», en José MªBAÑO LEÓN(coord.),Comentario al Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Valancia,Thomson-Civitas, Pamplona, 2007, pp. 1044;
  • José JUSTE RUIZ y Ana ENGUIDA NOSWEYLER:«La dimensión exterior del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana», en Rafael GARCÍA PÉREZ(coord.), La acción exterior de las Comunidades Autónomas en las reformas estatutarias, Tecnos, Madrid, 2009, pp. 179-226,
  • Jorge CARDONA LLORENS:«La Comunitat Valenciana región europea abierta al mundo: los Títulos VI y VII del Estatuto de Autonomía», Corts. Anuario de Derecho Parlamentario. 2007, pp. 387-419.
  • Natividad FERNÁNDEZ SOLA:«La acción exterior de la Comunidad Autónoma en el nuevo Estatuto de Autonomía de Aragón»,Revista Electrónica de EstudiosInternacionales2007, núm. 14;
  • E. PUERTAS POMAR: «Las relaciones de colaboración con la UE», en AAVV, Estudios Jurídicos sobre el Estatuto de Aragón de 2007, Gobierno de Aragón, Zaragoza, 2008, pp. 247-267.
  • Joan D. JANER TORRENS: «La acción exterior de la Comunidad de IslasBaleares tras la entrada en vigor del nuevo Estatuto de Autonomía», en Revista Electrónica de Estudios Internacionales, 2007, núm. 14;
  • Joan D. JANER TORRENS :«La acción exterior de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en el nuevo Estatuto de Autonomía», en Rafael GARCÍAPÉREZ (coord.),op. cit. (La acción exterior), pp. 285-318.
  • Juan Fernando LÓPEZ AGUILAR:Estado autonómico y hechos diferenciales, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 1998;
  • AAVV: Asimetría y cohesión en el Estado autonómico, Instituto Nacional de Administración Pública, Madrid,1997.
  • J.M. CASTELLS ARTECHE: «El hecho diferencial vasco», Revista Vasca de Administración Pública, 1997, núm. 47, pp. 113-126.
  • A. SAINZ ARNAIZ: «Asimetría y Estado federal en Canadá», Revista Vasca de Administración Pública, 1997, núm. 47, pp. 199-235;
  • Pablo PÉREZ TREMPS: El marco (a)constitucional del debate sobre Québec, Fundación Carles Pi i sunyer d Estudis, Barcelona, 2004;
  • P. LUCAS MURILLO DE LA CUEVA: «El federalismo asimétrico en Bélgica», Revista Vasca de AdministraciónPública1997, num. 47, pp. 173-198.
  • Jesús LEGUINA, los hechos políticos diferenciales que la Constitución reconoce son sólo dos: lasnacionalidades(Cataluña, Euskadi y Galicia) frente a las regiones; y losterritorios foralesde Navarra, Vizcaya,Álava y Guipúzcoa;
  • Jesús LEGUINA VILLA: «La reforma del Senado y los hechos diferenciales», en Alberto PÉREZCALVO(coord.),(La participación de las Comunidades Autónomas en las decisiones del Estado,Tecnos. Madrid, 1997), pp. 209-224, en pp. 218-221
  • Ricardo ALONS OGARCÍA, y Javier DÍEZ-HOCHLEITNER:«El marco jurídico», en Francisco RUBIO, LLORENTE(coord.),La Comunidad de Madrid en la Unión Europea, Consejo Económico ySocial, Madrid, 2000;
  • Paloma BIGLINO CAMPOS. (coord.):La política europea de las comunida-des autónomas y su control parlamentario, Tirant lo blanch Valencia, 2003;
  • Javier DÍEZ-HOCHLEITNER, J., y Carmen MARTÍNEZ CAPDEVILA: «La participación de las Comunidades Autónomas en los asuntos de la Unión Europea», en http://www.iustel.com.;
  • Carlos JIMÉNEZ PIERNAS y F.J.PASCUAL VIVES: «Comunidades Autónomas y UE», en P. BASSOLS COMA(coord.),La Administración pública de las Comunidades Autónomas, INAP, Madrid, 2004, pp.121-152;
  • Araceli MANGAS MARTÍN:«Comunidades Autónomas e integración europea: ba-lance general y perspectivas de la presencia directa en las Instituciones, en especial en elConsejo», en Diego J. LIÑÁN NOGUERAS. (dir.) y Carmen LÓPEZ JURADO (coord.), La reformade la delimitación competencial en la futura Unión Europea, Universidad de Granada, 2003,pp. 183-206;i
  • Araceli MANGAS MARTÍN::«La participación de las Comunidades Autónomas en la integración euro-pea», en D. J. LIÑÁN NOGUERAS,Instituciones y Derecho de la Unión Europea,6ªed., Tecnos,Madrid, 2010, pp. 487-505;
  • Eduard ROIG MOLÉS: Las Comunidades Autónomas y la posición española en asuntos europeos, Barcelona, 2002.
  • URREA CORRES, M.:«La participación directade las Comunidades Autónomas en la Unión Europea: un importante paso adelante.Comentario a los acuerdos de 9 de diciembre de 2004, de la Conferencia para AsuntosRelacionados con las Comunidades Europeas»,Revista General de Derecho Europeo, (http://www.iustel.com), núm. 8, 2005.
  • O. SAUER: «Ko ̈nnen die La ̈nder aus Artikel 23 II,IV ff GG eigene Beteiligungsrechte ableiten?»,Neue Verwaltungszeitschrift2008, p. 53.
  • Rafael BUSTOS GISBERT:«La ejecución del Derecho Comunitario por el Go-bierno central», Revista Vasca de Administración Pública2003, núm. 67, pp. 163-187,
  • Araceli MANGAS MARTÍN:«La aplicación del Derecho Comunitario por las Comunidades Autónomas», en AAVV, Relaciones Internacionales y Comunidades Autónomas, Institut d»Estudis Autono` mics, Barcelona, 1990, pp. 59-82;
  • David ORDÓNEZ SOLÍS:La ejecución del Derecho Comunitario en España, Civitas, Madrid, 1993, en especial pp. 154-206.
  • M.Ángel CABELLOS ESPIÉRREZ:Distribución de competen-cias, derechos de los ciudadanos e incidencia del derecho comunitario, CEPC, Madrid, 2001,
  • J. A.MONTILLA MARTOS:Derecho de la Unión Europea y Comunidades Autónomas, CEPC, Madrid,2005, en especial pp.173-174.
  • Miguel AZPITARTE SÁNCHEZ:«El Estado autonómico unitario y el Informe del Consejo de Estado sobre la insercióndel Derecho Europeo en el ordenamiento español»,Revista d’estudis autono`mics i federals, 2009, núm. 9, pp. 129-164.
  • Enoch ALBERTÍ ROVIRA:«El desarrollo y la ejecución por las Comunidades Autónomas de la normativa comunitaria en materias de competencia compartida con el Estado», en AAVV, Estatuto y Unión Europea, Institut d»EstudisAutono` mics, Barcelona, 2006, pp. 79-103.
  • David ORDÓÑEZ SOLÍS:«La gestión de las subvenciones y las ayudas comuntiarias por parte de las Comunidades Autónomas», en AAVV,op. cit. (Estatuto y Unión Europea), pp. 105-152, en particular pp. 131-144.
  • Enoch ALBERTÍ ROVIRA:«El blindatge de les compete`nciies y la reforma estatuta`ria»,Revista Catalana del Dret Public, 2005, pp. 109-136,
  • José MARTÍN Y PÉREZ DE NANCLARES:«Comunidades Autónomas y Unión Europea: hacia una mejora de la participación directa de las Comunidades Autónomas en elproceso decisorio comunitario»,Revista de Derecho Comunitario Europeo2005, pp. 759-805.
  • Marcos GÓMEZPUENTE: «Responsabilidad por incumplimiento del Derecho Comunitario», en AAVV ,op.cit. (Estatuto y Unión Europea), pp. 153-196,
  • Cristina ARES CASTRO-CONDE: «El sistema de alerta tem-prana para el control del principio de subsidiariedad en la Unión Europea y los parlamentos autonómicos: diagnosis y prognosis», Revista de Estudios Políticos, 2007, pp. 213-250;
  • Francesc MORATA:«Subsidiariedad, regiones y Unión Europea», Cuadernos Europeos de Deusto 2006, pp. 73-94
  • A. EMBIDIRUJO:«La conferencia de presidentes de Parlamentos de losLa ̈nder: un ejemplo de federalismo coopera-tivo y de cooperación interparlamentaria»,Revista de las Cortes Generales, 2007,
  • Peter STRAUB:«Das Frühwarnsystem zur Subsi-diarita ̈tskontrolle im Vertrag von Lissabon als Hürde von weiterer Zentralisierung in derEuropaischen Union?», en Europa ̈isches Zentrum fürFo ̈deralismus-Forschung Tübingen(ed.), Jahrbuch des Fo ̈deralismus 2008, Nomos Verlagsgesellaschaft, Baden-Baden, 2008, pp.15-27,
  • Elisabeth WOHLAND:Bundes-tag, Bundesrat und Landesparlamente im europa ̈ischen Integrationsprozess, Peter LANG, Frankfurta. M. 2008,
  • Alexandra ZOLLER:«DasSubsidiarita ̈tsprinzip im Europa ̈ischen Verfassungsvertrag und seine innerstaatliche Um-setzung in Deutschland», en Europa ̈isches Zentrum fürFo ̈deralismus-Forschung Tübin-gen (ed.), Jahrbuch des Fo ̈deralismus 2005, Nomos Verlagsgesellaschaft, Baden-Baden, 2005,
  • Ignacio SÁNCHEZ AMOR:«Actuación exterior autonómica y sistema de relaciones entre niveles de gobierno. La insuficiencia de las actualesreformas estatutarias»,en R.GARCÍA PÉREZ:«La acción exterior de las Comunidades Autó-nomas en las reformas estatutarias, Tecnos, Madrid, 2009, pp. 19-38
  • Enoch ALBERTÍ ROVIRA:«¿Pueden los Estatutos suplir el déficit constitucional relativo a la previsión de rela-ciones intergubernamentales?»,enRUIZ-RICO, G. (coord.),La reforma de los estatutos de autono-mía. Actas del IV Congreso de la Asociación de Constitucionalistas de España, Tirant lo Blanc, Valencia, 2006.
  • Ignacio MOLINA A. DE CIENFUEGOS:«Coordinación Administrativa y capacidad gubernamental en el proceso normativo comu-nitario», en AA VV, El informe del Consejo de Estado sobre la inserción del Derecho europeo en elordenamiento español. Texto del informe, estudios y ponencias, CEPC, Madrid, 2008, pp. 583-617.
  • Alfonso DASTIS: «La administración española ante la Unión Europea», Revista de Estudios Políticos, 1995, pp. 323-350.
  • CONSTANTINESCO, «Comunidades Europeas, Estados, regiones: el impacto de las estructuras descentralizadas o federales del Estado en la construcción comunitaria»,Revista de Instituciones Europeas, 1989, pp.11-27,